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Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
UJUETA TRADING
NIT 900.014.141-6
Sede principal
Sede | Departamento | Ciudad | Dirección | Teléfono | |
Zona Franca La Cayena | Atlántico | Barranquilla | Km 8 Vía Barranquilla, Tubará. Bodega 47 | 3133530 | recepcion@ujueta.com |
Sucursales
Sede | Departamento | Ciudad | Dirección | Teléfono | |
CSC La Casona | Atlántico | Barranquilla | Cra. 44 #84 – 30 | 3125146 | cscbarranquilla@ujueta.com |
TS Mix Vía 40 | Atlántico | Barranquilla | Vía 40 # 73-290 Local 11B- 12 | 3091841 | Via40@toolstore.com.co |
TS Calle 30 | Atlántico | Barranquilla | Calle 30 # 33-86/94 Bodega 1 | 3853713 | Calle30@toolstore.com.co |
CSC Bucaramanga | Santander | Bucaramanga | Cra. 15 # 13 -32 | 6525260 | cscbucaramanga@ujueta.com |
Tool Store San Francisco | Santander | Bucaramanga | Bv. Santander 18-32 | 6989995 | bucaramanga@toolstore.com.co |
CSC Bogotá | Cundinamarca | Bogotá | Diagonal 17 # 25-94 | 7552746 | cscbogota@ujueta.com |
TS 7 de Agosto | Cundinamarca | Bogotá | Cra. 24 # 64 – 31 | 4767755 | 7deagosto@toolstore.com.co |
TS Paloquemao | Cundinamarca | Bogotá | Cra. 27#17-26 | 7568566 | paloquemao@ujueta.com |
TS Fontibón | Cundinamarca | Bogotá | Calle 17 # 106-68 Local 102-103 | 9277261 | fontibon@toolstore.com.co |
TS Engativá | Cundinamarca | Bogotá | Calle 72#72ª-11 | 6946943 | engativa@toolstore.com.co |
TS Ricaurte | Cundinamarca | Bogotá | Cra. 28#7- 84 | 2013650 | ricaurte@toolstore.com.co |
CSC Cali | Valle del Cauca | Cali | Calle 35 #1-14 Local 04 | 3899069 | csccali@ujueta.com |
TS Calicentro | Valle del Cauca | Cali | Cra. 8 # 18-63 | 3472839 | calicentro@toolstore.com.co |
TS Calinorte | Valle del Cauca | Cali | Calle 34#1-05/15 | 3472903 | calnorte@toolstore.com.co |
TS Cartagena | Bolívar | Cartagena | Diagonal 22#42-38 Local 3 Av. Crisanto Luque | 6581790 | cartagena@toolstore.com.co |
TS Duitama | Boyacá | Duitama | Cra. 19#13- 34 | 7653870 | duitama@toolstore.com.co |
TS Ibagué | Tolima | Ibagué | Cra. 5 #25-68 | 2596448 | ibague@toolstore.com.co |
CSC Medellín | Antioquia | Medellín | Cra. 70ª#45E-70 | 6040917 | cscmedellin@ujueta.com |
TS Carabobo | Antioquia | Medellín | Cra. 52#55-13 | 4797341 | av.carabobo@toolstore.com.co |
TS Palace | Antioquia | Medellín | Cra. 50#41-19 | 6040841 | palace@toolstore.com.co |
TS Montería | Córdoba | Montería | Cra. 2#42-39 | 7894471 | monteria@toolstore.com.co |
TS Pereira | Risaralda | Pereira | Av. 30 de agosto 32 esquina | 3444090 | pereira@toolstore.com.co |
CSC Pereira | Risaralda | Pereira | Calle 24#13-54 | 3183643445 | cscpereira@toolstore.com.co |
TS Sincelejo | Sucre | Sincelejo | Cra. 18ª#23-20 Local 7 | 27114091 | sincelejo@toolstore.com.co |
TS Gaitán | Cesar | Valledupar | Cra. 11#19-23 | 5898267 | valledupar@toolstore.com.co |
TS Villavicencio | Meta | Villavicencio | Calle 36# 29-10 | 6741030 | villavicencio@toolstore.com.co |
TS Manizales | Caldas | Manizales | Cra. 18#20-31 | 3102032848 | manizales@toolstore.com.co |
TS Cúcuta | Norte de Santander | Cúcuta | Av. 9#13-62 | 3102032782 | cucuta@toolstore.com.co |
Centro I+D | Cundinamarca | Bogotá | Calle 66# 29B- 12 | 3023263013 | Soldadura.bogota@ujueta.com |
- ARL: SURA
- Riesgos asignados por la ARL: Se tiene riesgo I, II, III y V. Distribuidos en 33 centros de trabajo.
- Código de la actividad económica:
Código CIUU | Descripción |
4663000 | Comercio al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, pintura, productos de vidrio, equipo y materiales de fontanería y calefacción. |
Prescribe el presente reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, contenido en los siguientes términos:
ART. 1° UJUETA TRADING se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades Laborales, de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la ley 9 de 1979, Resolución número 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991,Ley 776 de 2002, Resolución 2346 de 2007, Resolución 1918 de 2009, Resolución 1401 de 2007, Ley 1562 de 2012, Decreto 723 de 2013, Decreto 1072 de 2015 y demás normas que con tal fin se establezcan.
ART. 2° UJUETA TRADING Se obliga a promover y garantizar el desarrollo de las actividades del sistema de gestión direccionado por el vigía, representante legal, administrador, isleros entre otros de manera participativa dando cumplimiento con lo establecido por el Decreto 614 de 1984, Resolución 1016 de 1989, Decreto 1295 de 1994, Ley 1562 de 2012, Decreto 723 de 2013 y Decreto 1072 de 2015.
ART. 3° UJUETA TRADING Destinará los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes, de conformidad con el Sistema de Gestión de seguridad y salud en el Trabajo, elaborado de acuerdo con el Decreto 614 de 1984, Resolución 1016 de 1989, Ley 1562 de 2012 y Decreto 1072 de 2015, que establece que el Programa de Salud Ocupacional; en lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST debe ser liderado e implementado por el empleador o contratante, con la participación de los trabajadores y/o contratistas, garantizando a través de dicho sistema, la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. Para el efecto, el empleador o contratante debe abordar la prevención de los accidentes y las enfermedades laborales y también la protección y promoción de la salud de los trabajadores y/o contratistas, a través de la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar).
Este Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST contempla como mínimo, los siguientes aspectos:
Capítulo I Objeto, campo de aplicación y definiciones.
Capítulo II Política en seguridad y salud en el Trabajo.
Capítulo III Organización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Capítulo IV Planificación.
Capítulo V Aplicación.
Capítulo VI Auditoria y revisión de la Alta dirección.
Capítulo VII Mejoramiento.
ART. 4° UJUETA TRADING Están constituidos principalmente por los siguientes factores de riesgo:
Clasificación De Los Factores De Riesgo
RIESGOS PSICOSOCIALES |
RIESGOS DE SEGURIDAD |
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RIESGOS BIOMECANICOS |
RIESGOS FISICOS |
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RIESGOS BIOLOGICOS |
Hongos, Virus y Bacterias, Rickesias, Parásitos |
RIESGOS NATURALES |
Sismos, terremotos, |
PARÁGRAFO. A efecto de que los riesgos contemplados en el presente artículo, no se traduzcan en accidente de trabajo o enfermedad Laboral, UJUETA TRADING ejerce su control en la fuente, medio e individuo, mediante la eliminación, sustitución, controles de ingeniería, controles administrativos y suministro de elementos de protección personal, de conformidad con lo estipulado en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de UJUETA TRADING , el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.
ART. 5° UJUETA TRADING y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implementación de las actividades contempladas en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que sean concordantes con el presente reglamento.
ART. 6° UJUETA TRADING Ha implementado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que deba desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.
ART. 7° Este reglamento permanecerá exhibido en, por lo menos un lugar visible de los locales de trabajo, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso.
ART. 8° El presente reglamento entra en vigencia a partir de la aprobación impartida por la Representante Legal y durante el tiempo que UJUETA TRADING conserve sin cambios sustanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del reglamento o que limiten su vigencia.
La resolución aprobatoria del ministerio de la protección social para este documento quedo derogado por la ley 962 del 8 de julio del 2005; en su Articulo 55 por tanto se publica dicho reglamento sin revisión del Ministerio de Trabajo (Artículo 349 de C.S.T.)
El presente Reglamento se firma en un documento original en el municipio de Barranquilla, a los 03 días del mes de junio de 2021.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE